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JUSTICIA EN EL CASO VELOZO
Fue conocido como el Caso “Carrasco Libreño”
El pasado miércoles 29 de abril se leyeron los fundamentos de la sentencia del juicio que fuera conocido como el caso “Velozo”. En su momento fue conocido como el caso “Carrasco Libreño”, salvo que Walter Sebastián Velozo tuvo la suerte de no encontrar la muerte como fue con el conocido caso “Carrasco” éste último era soldado y se encontraba realizando el servicio militar obligatorio y su muerte fue el detonante que faltaba para que se eliminara el servicio militar obligatorio y pasara a ser voluntario. En este caso Velozo era soldado voluntario y el hecho sucedió en el año 2005 en nuestra ciudad.
El juicio se realizó el jueves 23 de abril del cte. Año, en donde mediante sentencia Nº 17/2015 se condenó a José Alberto Zapata (militar que raneó a Velozo) a la pena de siete meses de prisión en suspenso por el delito de Abuso de autoridad, previsto y reprimido por el art. 248 del Código Penal. Asimismo también se lo Inhabilitó a Zapata por el doble del tiempo de la condena, en forma especial y absoluta para desempeñarse como empleado o funcionario público (art. 20 20 bis del C.P.). Además de tener el condenado que asistir una vez por mes a un Hospital Público a realizar visitas a enfermos graves, por el término de una hora y comunicar el Tribunal la salida del país, informando lugar y tiempo de ausencia. El abuso de autoridad por parte de Zapata fue en ocasión que Walter Sebastián Velozo era soldado voluntario y el primero cumplía funciones en el Regimiento Nº 3 de Artillería de nuestra ciudad (Año 2005). Zapata le ordena hacer y lo somete abusivamente a Velozo a movimientos vivos o raneo que son conocidos como carrera a mar, cuerpo a tierra, arrastrarse, etc. que lo habrían llevado a la pérdida de conocimiento, cayendo y golpeando la cabeza. Todo esto en un lugar y en un momento que no era el indicado, dado que este tipo de ejercicios tiene un lugar y un momento; no se pueden realizar cuando a algún militar se le ocurre simplemente o querer aplicarlo a modo de sanción o escarmiento. Lo cierto es que Velozo pierde el conocimiento y es llevado de urgencia al Hospital Militar de Uruguayana, luego a la Santa Casa, y luego es traído al Regimiento donde permanece en sanidad con arresto en el cuartel sin poder regresar a su casa y sin saber a ciencia cierta que había ocurrido con exactitud. Los superiores lo sancionan a zapata con 10 días de arresto por realizar movimientos vivos en un lugar inadecuado y en un momento inapropiado (sanción administrativa). Luego el juzgado Federal de Paso de los Libres lo procesa por el Delito de Abuso de Autoridad que es apelado por la defensa y luego la Cámara Federal de Corrientes confirma el procesamiento de Zapata. El fiscal de la causa que pidió en el juicio oral y público siete meses de prisión en suspenso para Zapata fue el Dr. Benito Antonio Pont y el Juez Federal Subrogante que condenó al militar fue el Dr. Oscar Ernesto Tovani. Nuestro medio periodístico pudo acceder a una copia de la sentencia dado que es un juicio correccional y culminó con la sentencia condenatoria del 23 de abril pasado.






Jueves, 7 de mayo de 2015

   

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